Actualidad de Consorcio

Administrador de Consorcios GRATIS!

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Se denominan Administradores/as Voluntarios/as a los propietarios que cumplan la función de administrador sin percibir retribución alguna.

Para poder administrar un consorcio en forma gratuita la Ley 3.254 (modificatoria de la Ley 941) establece lo siguente:

“Artículo 2 – Obligación de inscripción: La administración de consorcios no puede ejercerse a título oneroso ni gratuito sin la previa inscripción en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal.”

Artículo 2 – Modifíquese el Artículo 3º de la Ley 941 el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 3 – Administradores/as Voluntarios/as: Se denominan Administradores/as Voluntarios/as a todos/as aquellos/as propietarios/as que residan en unidades funcionales de edificios y cumplan la función de administrador sin percibir retribución alguna.”

Artículo 4 – (Ley 941) Requisitos para la inscripción: Para poder inscribirse, los administradores de consorcios deben presentar la siguiente documentación:

  • Nombre y apellido o razón social. Para el caso de personas de existencia ideal, adicionalmente: copia del contrato social, modificaciones y última designación de autoridades, con sus debidas inscripciones.
  • Constitución de domicilio especial en la Ciudad.
  • Número de C.U.I.T..
  • Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. En el caso de las personas jurídicas, la reglamentación deberá establecer qué autoridades de las mismas deben cumplir con este requisito.

Artículo 3 – Agréguese al artículo 4 de la Ley 941 el siguiente texto:

e. Informe expedido por el Registro de Juicios Universales.

f. Certificado de aprobación de un curso de capacitación en administración de consorcios de propiedad horizontal, en el modo y forma que establezca la reglamentación de la presente.

Los/las administradores/as voluntarios/as gratuitos/as solo deberán presentar:

a) Original y copia del Documento Nacional de Identidad

b) Copia certificada del acta de asamblea la cual deberá contener los datos del consorcio, cantidad de unidades funcionales del mismo y designación ad honorem como administrador.

Asimismo, descripción de la unidad funcional de la cual es propietario con su número de matrícula del Registro de Propiedad Inmueble o, en su defecto, simple declaración jurada de la totalidad de los copropietarios.

 

Documento

Otorgante

Dirección

Nro. de cuit
Cert. De Antecedentes Penales Registro Nacional de Reincidencia Tucumán 1353 PB de 7:30 a 19:00hs
Cert. de Juicios Universales Dto. Registro de Juicios Universales Talcahuano 550 subsuelo, por la mañana
Inscripción en el Registro de Administradores Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal Patricias Argentinas 277, 1er piso.

Una vez reunidos los requisitos exigidos por la ley debe inscribirse ante el Registro Público de Administradores y obtener el certificado correspondiente. Autora: DianaC.Sevitz

 

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28 comentarios

  1. Deseo realizar curso habilitante de administración de consorcios en forma gratuita, que requisitos necesito cumplir y si el curso tiene reconocimiento para sacar matricula por el GCBA.

    1. ME INTERESA EL CURSO , NECESITARÌA MAS INFO PARA PODER INSCRIBIRME!!! MUCHAS GRACIAS SILVIA

  2. construi un edificio de 16 unidades de las cuales soy propietario de 3 de ellas, me desempeñe hasta ahora como una suerte de administrador, con la nueva reglamentacion, puedo seguir haciendolo? o tenemos que contratar a un admistrador con matricula externo al edificio?
    quisiera que por favor me informen, si me tendria que inscribir o hacer un curso
    gracias

  3. En el edificio hay inscritos de 9 a 12 morosos hay como 5 con gastos que superan el ejercicio mensual,el administrador no los envia a juicio porque les cobra punitorios ,mientras tanto pide presyamos para hacer frente a los gastos,Que debemos hacer los copropietarios que estamos al dia, gracias Silvia

  4. Entiendo que no hace falta mas la inscripción luego del fallo de octubre de 2015 de La Cámara de Apelaciones porteña en lo Contencioso Administrativo y Tributario declaró la nulidad de una disposición que sancionaba a una mujer que actuó como administradora de consorcio de forma voluntaria, por no inscribirse en el Registro Público de Administradores de Consorcios de la Propiedad Horizontal. La norma presenta una contradicción entre dos disposiciones.
    es correcto?

  5. Buenas Tardes: me gustaría hacer un curso de Administración de Consorcio, en la página decia gratuito me podrian informar,que requisitos y donde se hace.
    Gracias.

  6. Buen dia , estoy interesado en realizar curso habilitante de administración de consorcios en forma gratuita, que requisitos debo cumplir, esta avalado y con matricula del GCBA.
    Les agradeceria recibir informacion .
    Saludos

  7. Buen dia , estoy interesado en el curso Administración de Consorcios , en forma gratuita, cuales son los requisitos y si entrega matricula del GCBA.
    Les agradeceria recibir informacion .
    Saludos

  8. Buenas Noches, me podrían informar que requisitos se necesitan para hacer el curso de administración de consorcios gratuito y donde y cuando se puede hacer? Muchas Gracias, cel; 15-2245-1140

  9. Buenas Noches, quería que por favor me informen x los cursos gratuitos de administración de consorcios, donde se puede hacer y cuándo? Muchas Gracias, cel; 15-2245-1140

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